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IVA reducido: ¿En qué consiste al reformar una casa?

El impuesto sobre el valor añadido o IVA, como sus siglas lo resumen, es un valor extra agregado al monto original de un servicio o producto, el cual se paga al Estado.

Entre los diferentes tipos de impuestos existentes, se encuentra el IVA reducido, que cobra una tasa de tan solo el 10%. Se aplica a servicios o productos con un alto precio de base y en beneficio del consumidor.

Cuando hablamos de reformas, el IVA entra en acción en los sistemas de entrega de bienes y prestaciones de servicios, que son realizados por profesionales o empresas conforme a un contrato oneroso, que significa que incluye obligaciones y ventajas de igual forma, para ambas partes del acuerdo.

Requisitos para que el IVA reducido sea aplicable a tu vivienda

  • La reforma debe ser efectuada en edificios de uso residencial.
  • El propósito de esta renovación debe ser para uso particular, dejando de lado el ámbito profesional o empresarial.
  • La vivienda a rehabilitar no debe haber sufrido ninguna obra en los últimos dos años.
  • Al menos el 40% del coste de la obra debe ser asumido por la empresa de reformas.

Para verificar que el IVA reducido sea aplicable al propietario, el mismo debe redactar una declaración escrita en la que constate estos factores, incluyendo el año de construcción de la vivienda y el propósito de su uso.

Tipos de obras y trabajos que cubre

Tal y como señala la Agencia Tributaria, aquí te traemos una serie de tipos y trabajos de reformas que determinarán se puede aplicar el IVA reducido del 10%:

Obras de rehabilitación

  • Más de la mitad del proyecto debe estar dirigido a obras de consolidación tales como fachadas y cubiertas. Para ello, se tiene que acreditar las obras proyectadas así como la aprobación por parte de colegios profesionales del proyecto.
  • El importe de las obras debe ser superior del 25% del precio de la vivienda.

Obras análogas a la rehabilitación

  • Adecuación estructural que aporte al inmueble condiciones de seguridad de forma que se garantice la seguridad.
  • Refuerzo de la cimentación
  • Ampliación de superficie construida sobra y bajo rasante
  • Instalación de elementos adaptados para discapacitados como ascensores
  • Reconstrucción tanto de fachada como de los patios interiores

Obras conexas a la rehabilitación

Se refiere a trabajos de albañilería, fontanería y carpintería, así como a la mejora y adecuación de instalaciones eléctricas, agua, climatización y protección contra incendios y rehabilitación energética.

-Obras vinculadas a obras de consolidación o el tratamiento de elementos estructurales, no sirve que lleve a cabo un simple acabado como pintar la fachada

– El coste final debe ser inferior al del tratamiento de elementos estructurales y al de las obras de consolidación.

Obras de renovación

Se trata de aquellas obras que no se pueden calificar como rehabilitación, pero que para poder tributar el tipo reducido del IVA del 10% deben cumplir estos requisitos:

  • El destinatario tiene que ser una persona física y utilizar la casa de forma particular
  • Que la construcción de la vivienda haya acabado mínimo 2 años antes
  • Que los profesionales de la obra no aporten materiales para su ejecución y en caso de hacerlo, no supere el 40% de la base imponible de la intervención.

Conclusiones a tener en cuenta

Esquema de aplicación del IVA

  • Aplicado exclusivamente a la compra de materiales: 21%
  • En caso de llevarse a cabo tan solo la reforma: 10%
  • Reforma y materiales (siempre que el coste sea menor al 40% del total de dicha reforma): 10%
  • Servicio de reforma junto a materiales (si el coste es mayor al 40% del valor de la reforma)
  • Importante: Se deben desglosar de una forma muy clara y concisa los materiales que se hayan utilizado en la factura y en el presupuesto.
  • Asegúrate que el concepto de la factura se refiere al con el concepto que motiva la obra y por el que se aplicará el IVA del 10%
  • Recuerda que también debes declarar que la vivienda es de uso particular y que su construcción finalizó dos años antes del inicio de la reforma.

Ejemplo:

Un particular compra por valor de 1.500€ los materiales en una gran superficie

  • Al comprarlo en una gran superficie, los 1.000€ incluyen el 21% de IVA. Es decir, el cliente paga 826,44€ +173,55 de IVA
  • Llama a un profesional para que le ponga el material. Éste le cobra 1.600€ con IVA incluido: 1322,31€ + 277,69€ de IVA
  • La reforma ha constado en total 2.600€
  • Como los materiales no exceden el 40% del coste total, entonces se puede aplicar el IVA reducido del 10%
  • En cambio, si hubiera sido el profesional quien hubiese comprado el material, la factura sería:

Material 826,44€ + 10% de IVA= 1454,54€

Colocación 1.322,31€ + 10% de IVA = 909,08€

Total: 2.363,58

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